lunes, 20 de mayo de 2013

UNA VEZ MAS, Y OTRA VEZ POR UN NUNCA MAS.


AL CALOR DE LA LUCHA, EL PUEBLO EXIGE SOLUCIONES

Una vez más, otra herida que jamás dejará de sangrar, sobre todo para la familia Coveñas Sernaqué, y para muchos casmeños que aprendimos a crecer de modo familiar en nuestra ciudad tranquila, esta pérdida es un evento que duele en demasía y se suma a los innumerables asaltos a mano armada a ciudadanos casmeños y a humildes agricultores, por parte de delincuentes altamente sanguinarios que no contentos con quitarle el dinero ganado con sudor de su frente, sufren en carne propia de una violencia insana, con golpes a garrote a sus amarrados cuerpos, golpizas a puntapiés y golpes en las caras de hombres, mujeres y niños, dejándolos inconscientes para evitar ser denunciados , si entre las victimas esta una mujer joven, es violada por los 10 o más depravados, que terminan golpeándola en el suelo una vez amarrada.
Estos hechos violentos vienen sucediendo día a día, si que la Autoridad reacciones pero  nuestro pueblo ha de ser más grande que sus problemas, debemos de decir a estos asesinos, delincuentes, locales y/o foráneos que no lo soportaremos un día más.

 ¡BASTA YA!! La vida de un Casmeños es grande y la muerte infame, detestable. ¡NUNCA MÁS! , No esperen que sea un familiar cercano el que sufra estas maldades para reaccionar,

Mas allá de nuestro dolor, y de la indignación, es necesario tomar decisiones con Cabeza fría, buscar el entronque de estos males:

. SEGURIDAD CIUDADANA ES TAREA DE TODOS Y NADIE DESEA ASUMIRLO COMO MANDATO. No sólo se trata de criticar y endilgarle la culpa a alguien en particular, seguro hay responsabilidades identificables para cada sector, pero aún así es tarea de todos.

. Existe el Instrumento político, o espacio obligatorio, para aplicar las normas que nos acerquen a planificar nuestra seguridad, y este se llama COPROSEC, (En la que están PNP, PODER JUDICIAL, MINISTERIO PÚBLICO, MINISTERIO DE SALUD, UGEL CASMA, RONDAS CAMPESINAS, ALCALDES DISTRITALES), todos con la misma obligación, planificar, prevenir, educar, y actuar cuando nuestra seguridad se pone en juego; pero lamentablemente  COPROSEC, no tiene un plan de actividades definido, y hay que construirlo de inmediato de manera participativa.

Las muertes, los asaltos, las coimas, extorsión,  seguirán si es que las autoridades no asumen sus responsabilidades, es menester pedirles cuenta
 de que están haciendo, AHORA, y convencernos de que, si la sociedad civil no se organiza para vencer esta lucha o  reactiva y refuerza inmediatamente las rondas campesinas, que fueron debilitadas por las llamadas juntas vecinales, hacer sus  brigadas de barrio, con responsabilidad y apoyo técnico de los responsables en los temas de seguridad, o seguiremos dejando en manos de pocos la tarea de todos, esperando cobardemente a que otros luchen.

Creemos que debemos de exigir la presencia de la máxima autoridad de la PNP de Ancash,   lo más breve, remitir nuevamente a la PCM, nuestra preocupación por la pasividad con la que se viene actuando, lo que incrementa luego los conflictos sociales, convocar a una asamblea del pueblo con todas las autoridades del COPROSEC, y tomar entre todos al toro por las astas, comprometiéndonos en construir una ciudad seguras y culta en seguridad, tanto personal, como social.

Ya es tiempo de rendir cuentas -poner fecha-, de todas las muertes, estafas e irresponsabilidades que el día de ayer, hoy y seguramente mañana nos seguirán haciendo llorar más amigos, hermanos y familiares queridos que tanto nos cuesta aceptar sus muertes.

                                                                                       Casma, 20 de mayo del 2013

                                                                                                      Comité Directivo del FREDEMACC

¡¡¡¡¡NI UN PASO  ATRÁS EN LA LUCHA FRENTE A LA DELINCUENCIA VENGA DE DONDE VENGA.!!!!!!!!

¡¡¡¡¡¡UN PUEBLO UNIDO JAMAS HA SIDO VENCIDO!!!!

¡¡¡¡SIEMPRE DE PIE NUNCA DE RODILLAS!!!!!!!

¡¡¡QUE LA MUERTE DE LOS CAIDOS NO SEA EN VANO!!!!


miércoles, 15 de mayo de 2013

Rumbos de Sol & Piedra | El cuentazo de la consulta previa: UNA NUEVA FORMA DE SAQUEO Y NOSOTROS SEGUIMOS DESUNIDOS



ley de la consulta previa como una demostración de respeto a las comunidades nativas y campesinas, lo real es que las cosas apenas han variado desde la Colonia.

  • Escribe: David Roca Basadre
  • Fotos: Archivo Rumbos 
Las concesiones para minería, explotación de hidrocarburos, expansión agroindustrial a gran escala, de tierras indígenas en sierra y selva y de comunidades campesinas –como las de Arequipa o la sierra piurana de Huancabamba– han creado situaciones límite en las que las poblaciones se perciben como amenazadas.
Ello porque estas concesiones se han dado siempre sin previo aviso, continuando con una tradición colonial y republicana de despojo de tierras comunales para provecho ajeno.
Esta usurpación que antaño practicaran los grandes latifundios costeños y serranos, contemporáneamente consiste en lo mismo pero para actividades extractivas que, desde que culminara la segunda guerra mundial y empezara la reconstitución de las economías occidentales sobre la base del consumo, sostienen la economía de los países occidentales, sin que ello haga descender la pobreza de los países proveedores de materias primas.
Esto se da con más fuerza desde hace veinte años en que se produjo el despegue mayor  del crecimiento económico de los países más solventes. La demanda de insumos ha crecido necesariamente para proveer esas demandas de consumo y producción.
Pero ahora, a los países occidentales tradicionalmente solventes, se han incorporado además los llamados países emergentes –Brasil, India, Indonesia, China- que aplicando el mismo modelo de desarrollo lineal, se convierten en nuevos e importantes importadores de insumos para sus nacientes industrias y mercados. El caso de China es particularmente espectacular.
Y es así que, en consecuencia, como reacción a la imposición de concesiones, muchas comunidades indígenas y campesinas las rechazan y confrontan a las empresas beneficiadas para la explotación de los recursos.
En ese contexto, que se agudizó conforme crecían las economías, es que se producen movilizaciones de comunidades afectadas, y que los gobiernos llaman a estas respuestas conflictos.
Esto constituye un problema para estos gobiernos, que tratan de sostener su propio crecimiento sobre la base de un extractivismo salvaje para obtener y vender materias primas, y al mismo tiempo no saben qué hacer para controlar o atenuar los impactos sociales y finalmente ecológicos de esas actividades.
Foto: Alejandro Balaguer

Convenio 169

El año 1989 la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, aprobó el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificado por cientos de países del mundo, incluido el Perú desde 1995.
El Convenio, que tiene rango constitucional, establece en su Artículo 15 que:
En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.
Esta afirmación es concluyente, y se beneficia a:
-“Los pueblos tribales en países independientes, cuyas condiciones sociales, culturales y económicas les distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y que estén regidos total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o por una legislación especial.
-Los pueblos en países independientes, considerados indígenas por el hecho de descender de poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”.
Asimismo establece que: “La conciencia de su identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente Convenio”.
Estas disposiciones son muy claras, y el Convenio bastaría para ejecutar lo dispuesto. Pero en el Perú se decidió que hacía falta una ley especial de Consulta Previa y su reglamento. Y recién en 2012 se cumplió con esto.

La ley de consulta previa

La Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios establece que los criterios “objetivos” para identificar a los beneficiados son:
  •  Descendencia directa de las poblaciones originarias del territorio nacional.
  • Estilos de vida y vínculos espirituales e históricos con el territorio que tradicionalmente usan u ocupan.
  •  Instituciones sociales y costumbres propias.
  • Patrones culturales y modo de vida distintos a los de otros sectores de la población nacional.
  • El criterio subjetivo se encuentra relacionado con la conciencia del grupo colectivo de poseer una identidad indígena u originaria.
  • Las comunidades campesinas o andinas y las comunidades nativas o pueblos amazónicos pueden ser identificados también como pueblos indígenas u originarios, conforme a los criterios señalados en el presente artículo.
Establecer la descendencia directa de poblaciones originarias conforma una exigencia mayor a la establecida por el Convenio 169 y una gran dificultad.
El reglamento de la ley es aún más exigente, y el Pacto de Unidad conformado por organizaciones indígenas y campesinas, hizo varias atingencias a este documento, como observar el requisito impuesto de que para ser objeto de consulta había que demostrar poseer todos los elementos culturales previos a la Colonia, lo que equivale a que durante quinientos y tantos años no haya habido ninguna influencia occidental posible, así como la exigencia de una institucionalidad indígena que evite que el Estado sea juez y parte.
Otro punto álgido que demandaban las organizaciones nativas fue: “precisar que la decisión final estatal, está obligada a lograr el consentimiento cuando se trata de megaproyectos, depósito de relaves tóxicos, desplazamientos poblacionales o se afecte la supervivencia; a una segunda etapa de diálogo; a no afectar el derecho a un medio ambiente equilibrado”.
Nada de esto fue incorporado.
Realidades
Finalmente, y al margen de las limitaciones impuestas, ni siquiera con tantos derechos recortados, se aplica la ley de consulta previa. En rigor, el Convenio 169 es bastante explícito y debió aplicarse sin necesidad de ley. De hecho, en Bolivia así se hace. La excusa de la necesidad de una ley, y luego la espera por el reglamento, ya fueron dilaciones políticamente predispuestas.
Pero en el Perú las concesiones mineras cubren el 49.16% del país, y en la  Amazonía el 75% del territorio ha sido concesionado para extracción de petróleo, y los gobiernos sucesivos asumen que de la venta de eso recursos es que se puede garantizar el despegue económico.
La mercantilización de la naturaleza al partir de la necesaria sujeción de todo a los intereses de los países importadores de materias primas, al aceptar desmembrar el territorio generando una ruptura destructora de los ecosistemas, afecta directamente la vida de comunidades indígenas y campesinas, pero esto pasa a segundo plano para los que se benefician de todo.
Se llega ahora a tratar de negar la condición de indígenas a los comuneros quechuas de Cañaris, y a partir de este ejemplo, se trata de decir –por boca de la primera autoridad del Estado– que solo son indígenas los pueblos amazónicos y negando esta condición a quechuas y aymaras. Claro que por presión del lobby minero y petrolero, cuyo vocero en el ejecutivo es el Ministerio de Energía y Minas, se atenta contra la ley a pesar que el mismo Estado, mediante el mapa etnolingüístico del INDEPA de 2010, y los censos del INEI, tiene un listado muy claro de los que son así considerados.
En suma, se trata de evitar la consulta previa yendo contra la ley misma, para poder seguir atendiendo las demandas externas de insumos para la producción en masa y el consumismo engendrado a propósito. Un círculo vicioso, que puede ser roto solo si se aparta el Estado de la globalización actual que solo beneficia a los países occidentales y a los llamados emergentes.
En nuestro país, hay nueva riqueza para pocos y pobreza igual para las mayorías a las que, además, no se les consulta nada, incluso en los casos de atentado contra sus propiedades comunales y, eventualmente, sus vidas.
Palabras clave : Medio ambienteConflictosLey de Consulta PreviaConvenio 169,

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